TU EMPRESA EN 24 HORAS… SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS

Esta sociedad se puede constituir desde la comodidad del hogar; sólo es necesario tener acceso a una computadora, y junto con la firma digital, de manera ágil y bastante económica se puede llevar adelante el proceso, ya que no requiere documentación adicional. De este modo, se eliminan las barreras burocráticas que conllevan constituir una sociedad.

¿Cuántas veces no sentiste esas ganas de renunciar a tu trabajo y empezar algún emprendimiento propio? A más de uno seguramente le habrá pasado. Pero tan común como esas ganas es también el desaliento que consigo traen las incontables trabas a que se enfrenta la formalización de una empresa, entre las que podemos citar el costo, los trámites y el tiempo que se pierde para poder empezar a proyectar esa actividad.

Según el Foro Económico Mundial, abrir una empresa en Paraguay lleva más tiempo e implica más trámites que en los demás países de la región. En la edición 2016-2017 del Foro Económico Mundial, se presentaron los resultados de competitividad para 138 países, de acuerdo con los cuales la posición de Paraguay, en los últimos nueve años, ha oscilado entre la 117 y la 124.

Es de advertirse que dicho ranking se determina mediante una encuesta que mide los cinco factores más problemáticos para realizar negocios en cada país. De acuerdo a esta encuesta el tercer lugar ocupa la burocracia gubernamental inadecuada.

Tampoco está de más mencionar que el Ranking 2017 del Global Entrepreneurship and Development Institute (GEDI), que clasifica a los países aptos para realizar un emprendimiento comercial, posicionó a Paraguay en el puesto número 111 de 137 países.

Los resultados de estos análisis son bastantes elocuentes y descriptivos respecto de cómo estos factores están afectando al emprendimiento en el país por la burocracia ínsita de nuestras instituciones. No solo afecta a nacionales sino también a inversores extranjeros que desean poder realizar actividades comerciales en el país. Esto necesariamente nos lleva a la pregunta: ¿Cómo podemos agilizar el emprendimiento de actividades comerciales en el país sin innecesarios y costosos intermediarios?

Quizás no sea una mala idea seguir el modelo del vecino país Argentina, cuyo Congreso sancionó recientemente la Ley N° 27.349, de Apoyo al Capital Emprendedor, que tiene por objeto el apoyo a la actividad emprendedora y al desarrollo del capital emprendedor. Con ese propósito en mente, el legislador argentino ha creído conveniente dar vida a un nuevo tipo societario, al cual se decantó por denominar Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).

¿Cómo funciona?

Esta sociedad se puede constituir desde la comodidad del hogar; sólo es necesario tener acceso a una computadora, y junto con la firma digital, de manera ágil y bastante económica se puede llevar adelante el proceso, ya que no requiere documentación adicional. De este modo, se eliminan las barreras burocráticas que conllevan constituir una sociedad.

Gracias a esta nueva era digital, que constantemente se actualiza, las SAS se pueden constituir en 24 horas vía internet. La constitución de la sociedad incluye la apertura de una cuenta bancaria en el acto y la obtención de una CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria). Esta agilidad en su constitución alienta indudablemente a la creación y expansión del sector de las Pymes.

Las Pymes son actualmente el 93 % de las unidades productivas del país, de acuerdo al último Censo Económico Nacional. Se estima que en Paraguay actualmente hay 250.000 Mipymes.

Según el Viceministro de las Mipymes Víctor Bernal, el costo de la formalización por trámites y tasas a pagar, dependiendo del rubro, se encuentra actualmente entre los G. 10.000.000 y G. 15.000.000.

Igualmente, el Viceministro indicó que con un programa apoyado por el Banco Interamericano de Desarrollo se busca reducir esos costos a la mitad, y en lo posible lograr antes de fin de año un sistema de formalización totalmente electrónico y gratuito, que permitiría que el proceso tome solo día.

¿Cuál es la estructura de la SAS?

De acuerdo al modelo argentino, esta sociedad puede ser conformada por una o varias personas físicas o jurídicas. La responsabilidad de los socios está limitada a las acciones que suscriban, y el capital no puede ser menor a dos salarios mínimos.

En cuanto a las acciones, se tiene la posibilidad de crear diferentes tipos o asignarlas valores diferentes. De esta manera los emprendedores cuentan con una herramienta que ayuda a facilitar la captación de fondos para su emprendimiento, como sucede, por ejemplo, con el Crowfunding.

La denominación de la SAS debe contener la expresión “Sociedad Anónima Simplificada” o su abreviatura “SAS”. Su objeto puede ser amplio, debe enunciar las actividades principales, que no necesariamente deben tener relación o conexidad entre ellas, y deben tener un plazo de duración determinado.

Igualmente se puede elegir constituir la SAS por escritura pública, ante un escribano, o por instrumento privado.

Los libros societarios y contables se individualizan por medios electrónicos ante el Registro Público. Los poderes que confieran los representantes pueden ser otorgados en un protocolo notarial electrónico.

Facilitaría el régimen de administración ya que los administradores que deban participar en una reunión del órgano de administración cuando éste fuere plural pueden auto convocarse para deliberar, sin necesidad de citación previa. Igual regla se aplica para las reuniones de socios, quienes tendrían total libertad de elección para establecer un órgano fiscalizador o sindicatura; estas disposiciones no se aplican para las S.A. y S.R.L.

Si bien esta sociedad tiene algunas similitudes con la Empresa Unipersonal y la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada –ésta última regulada en nuestro ordenamiento jurídico bajo la Ley del Comerciante–, no estamos ante exactamente lo mismo, ya que la unipersonal y la EIRL solo pueden ser constituidas por una persona. La SAS, en cambio, como se había mencionado anteriormente, por una o más personas.

El capital mínimo exigido para constituir una EIRL es de dos mil jornales mínimos (aproximadamente G. 157.000.000), mientras que el capital mínimo para formar una SAS debe ser equivalente, al menos, a dos salarios mínimos (actualmente el salario mínimo vigente en nuestro país es de G .2.041.123).

¿Se podría aplicar en Paraguay?

Si bien en Paraguay actualmente contamos con el SUACE (Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas), que busca agilizar y desburocratizar el proceso de constitución de nuevos emprendimientos empresariales, éste aún presenta una barrera en cuanto a tiempo y costo para las empresas unipersonales y las EIRL, traducido en un trámite de constitución de aproximadamente 20 días.

Debemos admitir que la creación del SUACE en el 2006 facilitó la formalización de empresas. Se redujo el tiempo de tramitación y los costos, de gran utilidad para las S.A. o S.R.L. Sin embargo, para aquellos pequeños emprendimientos comerciales no resulta ventajoso, dado que no tienen la misma estructura que las sociedades mencionadas.

Este nuevo tipo societario en Paraguay definitivamente facilitaría a los emprendedores a constituir una empresa y operar comercialmente en el día, sin necesidad de intermediarios y sin encontrar las trabas burocráticas que suponen la formación de una sociedad.

Paraguay actualmente se encuentra en el puesto número 146 de 190 de acuerdo al Ránking 2018 de Doing Business del Banco Mundial, que clasifica a los países que ofrecen facilidad para apertura de negocios.

Un gran avance es que en el año 2016 se promulgó la Ley N° 5.669 de “Fomento de la Cultura Emprendedora”, que tiene por objetivo fomentar el espíritu y la cultura emprendedora en todos los estamentos educativos del país y establecer los instrumentos para llevar a cabo la investigación, desarrollo y sustentabilidad de proyectos emprendedores, creando medidas de apoyo, económicas y financieras.

Implementar esta nueva forma de Sociedad por Acciones Simplificadas, sin duda alguna ayudaría a posicionar a Paraguay en un nivel mayormente competitivo. De esta forma se atraería inversión extranjera que pueda enfocarse en el desarrollo de sus proyectos y no deba lidiar con excesiva tramitación burocrática para llevar a cabo sus actividades.

Fuente: https://mersanlaw.com/tu-empresa-en-24-horas-sociedades-por-acciones-simplificadas/