Ley busca aplicar altos niveles de seguridad a todas las operaciones electrónicas
El proyecto de ley de los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, que ya cuenta con media sanción, pretende elevar los estándares de seguridad para todas las operaciones financieras. Para las telefónicas, la intención es buena, pero hay un punto de discrepancia.
La Identificación Electrónica, Firma Electrónica, Sello Electrónico, Sello de Tiempo Electrónico, Servicio de Entrega Electrónica Certificada, Autenticación de sitios web, además del Documento Electrónico y el Documento Transmisible Electrónico pasarán a tener validez jurídica con la nueva ley de los servicios de confianza para las transacciones electrónicas.
La normativa que se estudia esta tarde en Cámara de Senadores, será aplicable a toda clase de transacciones y actos jurídicos, públicos o privados, así como en los procesos privados, administrativos y judiciales tramitados electrónicamente
En las operaciones que impliquen pagos, giros o transferencias de dinero, apertura y administración de cuentas, financiación y/o créditos, gestión de patrimonio, la identificación electrónica deberá utilizar medios de identificación electrónica expedido con nivel de seguridad alto.
Sobre este punto, el diputado Sebastián García, uno de los proyectistas, explicó a Hoy Digital que este aspecto es apenas una de las patas de toda esta normativa y que simplemente implica adecuarse a un sistema.
La autoridad de aplicación será Ministerio de Industria y Comercio, a través de la Dirección General de Firma Digital y Comercio Electrónico dependiente del Viceministerio de Comercio y Servicios, el cual está facultado a conformar un organismo de composición mixta público privado para el mejor cumplimiento de sus funciones.
“Es cierto que ahora mismo no existe un prestador de servicios de confianza cualificado con ese alcance, pero van a ser varios, incluso el mismo Departamento de Identificaciones va poder ser un prestador de servicios de confianza cualificado y con el nivel de seguridad requerido”, explicó el diputado.
Por su parte, Aldo Natalizio, quien representa a Tigo, Claro y Personal por el sistema Empes, indicó que la única controversia pasa por el artículo 103, que exige un nivel de seguridad alto incluso para las operaciones electrónicas de este tipo.
“No sé cuándo vamos a tener las condiciones para que un sistema X que hoy no existe, pueda alcanzar a la persona que hoy recibe un giro de 200.000 guaraníes, con la misma rigurosidad que una persona que recibe una transacción en dólares por la compra de un inmueble”, comentó Natalizio a la 730 AM.
Aclaró que no está en contra de esta normativa, pero que aplicar ese mismo nivel de exigencia para operaciones importantes y menores, representará una clara dificultad.
Para la Asoban, la vigencia de esta ley es muy necesaria para el avance en el proceso de digitalización y bancarización en Paraguay. Además, el gremio está convencido de que elevar los estándares de seguridad contribuirá a reducir la evolución del cyberdelito, el robo de identidad y el fraude vía vaciamiento de cuentas.
Fuente: Diario Hoy